La Corte de Apelaciones del Tercer Distrito de la Florida, que supervisa los condados de Miami-Dade y Monroe, recientemente revocó un juicio sumario a favor del dueño de una propiedad que enfrenta una acusación de negligencia por una obstrucción que el demandante señala que lo llevó a ser golpeado por un vehículo.
Nuestros abogados especializados en accidentes ciclísticos en Miami saben que el estado de la Florida es el primero en la nación en muertes y lesiones de ciclistas, y según una investigación del Departamento de Transporte de la Florida, Miami-Dade ocupa el primer lugar en el estado en ambas categorías. Eso hace que Miami sea el lugar más peligroso en los Estados Unidos para los ciclistas.
Si bien existen instancias en las que los ciclistas pueden tener algún grado de responsabilidad en un accidente, Florida es un estado de negligencia comparativa pura cuando se trata de determinar la culpa. Esto significa que incluso si el ciclista es culpable en cierto grado, esta persona puede aún así solicitar daños y perjuicios menos su grado de culpa.
Sin embargo, con mucha frecuencia, los operadores de vehículos de motor suelen ser culpables por las colisiones con ciclistas, porque están distraídos, ebrios o simplemente no tienen cuidado. En estas situaciones, es apropiado presentar una demanda por lesiones personales contra el conductor y/o su asegurador para recuperar los costos médicos, las pérdidas de salario pasadas y futuras, daños y perjuicios por discapacidad, cicatrices o daños a la propiedad.
También puede haber casos en las que otras partes pueden ser consideradas responsables por su papel en contribuir al choque. Por ejemplo, un empleador podrá ser considerado responsable si el accidente involucra a un conductor comercial. Un padre podrá ser considerado responsable de las acciones negligentes de un conductor adolescente. Y el propietario de un vehículo también podrá ser considerado responsable en virtud del hecho de que confió un instrumento peligroso a un individuo que sabía o debió haber sabido que era irresponsable.
En el caso de Otero vs. Gomez, visto recientemente por la Corte de Apelaciones del Tercer Distrito, el demandante entabló una demanda contra el dueño de una propiedad, argumentando que un muro de concreto en su terreno constituía una condición peligrosa, que el propietario permitía que existiese de manera negligente. Según registros de la corte, el ciclista manejaba a lo largo de la acera y se dirigía a un paso de peatones, donde fue atropellado por un auto en sentido a la intersección. El ciclista señaló que su visión del tráfico fue bloqueada por una pared en la propiedad del acusado.
La pared había sido construida años antes por la empresa constructora original y luego alterada por un dueño anterior sin los permisos adecuados. Un perito para el demandante fue programado para testificar que la obstrucción visual creada por la pared infringió tanto los estándares FDOT como las ordenanzas del condado.
El propietario del inmueble respondió que no debía ningún deber de velar por la seguridad del demandante por el precedente de 2007 establecido en Williams vs. Davis. En ese caso, la Corte Suprema de Florida consideró si la previsibilidad del análisis de riesgo era aplicable a los dueños de propiedades residenciales. La Corte determinó que los propietarios privados no tienen obligaciones para con los automovilistas por daños derivados del follaje que se encuentra «totalmente dentro de los límites de la propiedad del terrateniente». El hecho de que haya proyección hacia una vía pública es otra historia.
El propietario del inmueble argumentó que no podía ser considerado responsable porque la pared no se extendía hasta la vía pública.
La Corte de Primera Instancia inicialmente estuvo de acuerdo y concedió el juicio sumario. Sin embargo, el panel de la Corte de Apelaciones del Tercer Distrito emitió una revocación, considerando que el juicio sumario era incorrecto porque efectivamente fue otorgado bajo la apariencia de un incidente de exclusión de ciertas pruebas. Al demandante no se le concedió el debido proceso de 20 días completos para responder a la moción, como se explica en las reglas de Procedimiento Civil de Florida.
Por lo tanto, el caso fue remitido para continuar con los procedimientos.
Aún está por verse si el demandante tendrá éxito en su reclamo. No obstante, los propietarios de Florida que tienen la esperanza de evitar tales litigios harían bien en asegurarse de que su follaje se mantiene limpio, recortado, y fuera de la calzada y de que cualquier otro elemento fijo de la propiedad no bloquea las líneas de visión para los automovilistas, peatones y ciclistas.
Aunque el caso Williams sentó un precedente que tiende a proteger a los dueños de propiedades residenciales, no es aplicable a los dueños de propiedades comerciales. Estos últimos aplican altos estándares de ética y generalmente están obligados a hacer mantenimiento a sus instalaciones para que la entrada y salida, y el uso de las áreas de las aceras y calzadas circundantes sea seguro.
En muchos casos, la Corte se ha basado en el fallo emitido por la Corte Suprema de 1992 en McCaine v. Florida Power, que estableció que un acusado puede ser considerado responsable si las acciones (o inacciones) crean una zona de riesgo más amplia que plantea un daño general a otros.
Si usted ha sido víctima de un accidente de bicicleta en Miami, póngase en contacto con el Bufete de Abogados de Jose M. Francisco.
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